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El arrendador te pide una póliza de RC para firmar el contrato

Quién la exige: El arrendador, la administración de la plaza comercial o del parque industrial

El seguro de responsabilidad civil del arrendatario cubre los daños que causes al inmueble arrendado y a terceros durante su ocupación. Los contratos de arrendamiento comercial e industrial lo exigen habitualmente, con una suma asegurada que fija el arrendador y con el endoso que lo nombra como beneficiario preferente.

Tiempo de emisión
24 a 48 horas
Sumas aseguradas que piden los contratos
1, 3, 5 millones de pesos

Referencia de mercado, no recomendación ni tarifa. Cómo se determina.

Documentos que piden las aseguradoras
  • La cláusula de seguros del contrato de arrendamiento
  • Superficie y uso del inmueble
  • Descripción de la actividad que se realizará ahí
  • Datos fiscales

Lo que cubre no son tus cosas

Es la confusión más frecuente en arrendamiento. Esta póliza responde por los daños que tú causes: al inmueble del arrendador, a los locales vecinos, a las personas que entren. No cubre tu mercancía, tu mobiliario ni tu equipo, que requieren una póliza de bienes distinta.

La mayoría de los arrendatarios necesita las dos, y muchos contratan solo la que les exigió el contrato.

El uso declarado importa

La póliza cubre la actividad declarada. Si el contrato dice oficina y en realidad operas un taller o almacenas material inflamable, la reclamación se rechaza. Declarar el uso real es lo que hace que la póliza sirva el día que se necesita.

Qué cubre

  • Daños al inmueble arrendado
  • Daños a terceros dentro del inmueble
  • Daños a locales vecinos por hechos originados en el tuyo
  • Gastos de defensa jurídica

Qué no cubre

Decirlo por adelantado evita la reclamación que se rechaza y el cliente que se pierde.

  • Los bienes propios del arrendatario: mercancía, mobiliario y equipo
  • El desgaste normal del inmueble
  • Las mejoras y adaptaciones no declaradas
  • Los daños por uso distinto al declarado en el contrato

Preguntas frecuentes

¿Quién debe contratarla, el arrendador o yo?

Cada uno la suya. El arrendador asegura su inmueble contra daños; el arrendatario contrata responsabilidad civil por los daños que su ocupación pueda causar. El contrato normalmente te exige la tuya y pide que lo nombres beneficiario preferente.

Tengo varios locales arrendados. ¿Una póliza los cubre todos?

Sí, declarando todas las ubicaciones en la especificación de la póliza. Suele salir mejor que contratar por separado. Una ubicación no declarada queda fuera.

¿Cubre si se incendia el local y se daña el vecino?

Sí, cuando existe responsabilidad tuya en el origen del incendio. Los daños a tu propia mercancía y equipo no, y los del propio inmueble dependen de cómo esté redactada la cobertura de bienes bajo cuidado y custodia.

Qué determina el precio de tu póliza

No publicamos tarifas porque cada caso se suscribe por separado. Pero sí podemos decirte qué mira la aseguradora para fijar la prima, que es lo que te permite llegar preparado y comparar propuestas con criterio.

  • La superficie y el uso del inmueble
  • La actividad que se realiza en él
  • Si hay instalaciones de riesgo: cocina, almacenamiento de combustibles, maquinaria
  • La suma asegurada exigida en el contrato

Cotiza tu póliza

Empecemos por lo que más define tu situación:

¿Alguien te está pidiendo esta póliza?

Son dos pasos y no pedimos datos personales en el primero. ¿Prefieres escribir? Mándanos un WhatsApp.

Con qué aseguradoras trabajamos este riesgo

GMX, Chubb, Berkley, Zurich, Axa, Mapfre, HDI Global, Seguros El Potosí, Seguros Afirme. Presentamos propuestas de varias para que la decisión se tome comparando, no sobre una sola opción.